Corte Suprema rechaza recurso de protección por ruidos de mascota

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Se trata de un problema de convivencia vecinal regulado por la ley N° 21.020 de tenencia responsable, cuya resolución corresponde a los Juzgados de Policía Local.

Con fecha 14 de abril la Tercera Sala de la Corte Suprema, en causa Rol N°356-2026, revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción que había acogido un recurso de protección por ruidos molestos provenientes de una mascota, y en su lugar rechazó la acción cautelar.

La controversia se originó en la acción deducida en favor de una persona adulta mayor de 91 años, quien denunció que durante aproximadamente veinte días una mascota canina mantenida en el antejardín del inmueble colindante ladraba de forma constante y persistente, generando ruidos que calificó como contaminación acústica, afectando su salud física y psíquica, incluyendo un aumento de su presión arterial en el contexto de patologías preexistentes.

La recurrente solicitó que se ordenara el cese de las molestias, disponiendo que el animal fuera mantenido al interior del domicilio y alejado del antejardín.

Por su parte, la recurrida sostuvo que el perro llevaba 3 años en el domicilio, sin recibir reclamos previos, que contaba con los cuidados necesarios y que el conflicto obedecía a una relación vecinal previa, afirmando además haber adoptado medidas para mitigar las molestias y atribuyendo el comportamiento del animal a hostigamientos por parte de los propios recurrentes.

La Corte de Apelaciones de Concepción acogió el recurso, considerando especialmente la condición de adulta mayor de la afectada y la protección reforzada que el ordenamiento jurídico le reconoce. En ese contexto, estimó que la exposición constante a ruidos podía afectar su salud y calidad de vida, y que la tenencia responsable de mascotas exige evitar molestias a terceros, por lo que ordenó a la recurrida adoptar medidas eficaces para impedir que el animal continuara perturbando la tranquilidad del entorno.

Al conocer del recurso de apelación, la Corte Suprema modificó el enfoque del análisis, señalando que el conflicto descrito corresponde a un problema de convivencia vecinal derivado de la tenencia de una mascota, materia que se encuentra especialmente regulada por la Ley N°21.020 sobre tenencia responsable de animales de compañía.

En ese sentido, indicó que las eventuales infracciones a dicha normativa deben ser conocidas y resueltas a través de los procedimientos contemplados por la ley, los que corresponden a la competencia de los Juzgados de Policía Local, por lo que la acción de protección no constituye la vía idónea para resolver este tipo de controversias.

En consecuencia, el máximo tribunal revocó la sentencia de alzada y rechazó el recurso de protección.

Corte Suprema Rol N°356-2026

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