Amplia las sanciones administrativas para los administradores que hacer abuso de sus facultades y que actúen de manera fraudulenta ante la comunidad de copropietarios.
No puede reclamarse tutela judicial sobre la libertad económica si no se han satisfecho las exigencias legales que habilitan la actividad, como la autorización sectorial.
El imputado caminó en dirección contraria a la del personal policial— no constituye un indicio de actividad ilícita, sino una conducta neutra y amparada por la libertad ambulatoria.
Los contratos no pueden mantenerse cláusulas contractuales que limiten la cobertura de prestaciones de salud mental, por contravenir el ordenamiento constitucional.
Se consagra el deber del Ministerio de Seguridad Pública de coordinar la implementación e interoperabilidad de los sistemas de televigilancia de entidades públicas como las municipalidades y de otras entidades privadas que puedan colaborar con el Sistema.
La acción intentada buscaba impugnar la aplicación de la Ley N°21.772 y no una infracción al derecho a desarrollar actividades económicas en los términos protegidos por el amparo económico.
La Tercera Sala estimó que la acción de protección no era la vía idónea para discutir la Ordenanza Municipal N°005, que fijó horarios diferenciados para locales de expendio de alcohol en el centro de Calama.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.