El Ministerio Publico decidió no perseverar y el querellante no obtuvo la autorización expresa por parte del tribunal para proceder de manera independiente.
Propone la creación de un órgano colegiado dentro de la Superintendencia como órgano de carácter técnico que constituya un apoyo en la toma de decisiones técnicas del ente regulador.
No es válido que la recurrida cuestione los informes médicos del CESFAM ni niegue el pago de subsidios por la falta de especialidad de los médicos tratantes.
Se acusó la inclusión de nombres y camiones en una especie de lista negra que les impide el ingreso a las plantas de la recurrida, dejándolos sin trabajo, lo cual no fue probado.
Máximo tribunal sostuvo que la protección de la Ley del Consumidor alcanza a quien utiliza o disfruta el servicio como destinatario final, aunque no sea el propietario inscrito del vehículo involucrado.
Máximo tribunal sostuvo que la ausencia de licencia de conducir no justificaba reducir la indemnización por daño moral, ya que no tuvo incidencia causal en el accidente que provocó la muerte del trabajador.