Hospital no ha adoptado las medidas que resguarden la integridad física y psíquica del personal que sin la preparación requerida a diario debe verse expuesto a pacientes con necesidades especiales.
La situación denunciada ya se encuentra bajo el amparo del derecho, de modo que la parte recurrente debe instar en dicha causa la revisión de lo ordenado.
La entidad deberá adoptar los protocolos de seguridad y acompañamientos necesarios para aminorar los riesgos consustanciales al retiro y traslado de efectivo en montos de alto valor.
Corte Suprema indicó que la recurrida se encontraba haciendo uso de sus facultades legales, y que dichas medidas responden a la gravedad del riesgo para la salud pública.
El Complejo Deportivo Alto Serena Limitada deberá adoptar las medidas de mitigación necesarias para dar cumplimiento a los niveles de ruidos permitidos.
El protocolo de prevención de la violencia en el trabajo, el acoso laboral y sexual, es un asunto que no debe ser sometido a la aprobación del concejo municipal.
La expresión “mientras sean necesarios sus servicios” permite a la autoridad administrativa prorrogar la vigencia de la contrata, pero no ponerle término antes de que éste finalice.
Corte Suprema revocó y rechazó recurso de protección estimando pertinente no eliminar los datos de los registros SAF, en que figura como imputada la recurrente.
Máximo tribunal sostuvo que la protección de la Ley del Consumidor alcanza a quien utiliza o disfruta el servicio como destinatario final, aunque no sea el propietario inscrito del vehículo involucrado.
Máximo tribunal sostuvo que la ausencia de licencia de conducir no justificaba reducir la indemnización por daño moral, ya que no tuvo incidencia causal en el accidente que provocó la muerte del trabajador.