La empresa actuó dentro del ejercicio legítimo de su derecho a accionar penalmente, sin configurarse una conducta abusiva ni infractora de la Ley N° 20.169.
Ingreso el 5 de noviembre al Senado el Boletín N° 17.951-06, que propone limitar la suspensión de funciones en sumarios administrativos a un máximo de 60 días hábiles y sancionar como falta grave cualquier extralimitación de plazos por parte del fiscal instructor o la autoridad.
La Corte Suprema revocó el rechazo del Espacios Costeros Marinos de Pueblos Originarios solicitado por la Comunidad Indígena Pu Wapi y ordenó dictar una nueva resolución fundada, al concluir que la autoridad no motivó adecuadamente su decisión ni justificó el descarte del uso consuetudinario acreditado.
Es un Servicio unificando orientación legal, representación jurídica y apoyo psicosocial en todo Chile mediante una nueva estructura descentralizada y estándares de calidad obligatorios.
La Tercera Sala, en el Rol N° 44.279-2025, revocó la sentencia de alzada y confirmó que COMPIN y SUSESO actuaron dentro del marco técnico y legal al rechazar licencias médicas.
El hecho de que la reclamante dedique su actividad a aprovechar un residuo no quita a la sustancia dicha calidad, como tampoco la traslada a una categoría normativa distinta.
La acción intentada buscaba impugnar la aplicación de la Ley N°21.772 y no una infracción al derecho a desarrollar actividades económicas en los términos protegidos por el amparo económico.
La Tercera Sala estimó que la acción de protección no era la vía idónea para discutir la Ordenanza Municipal N°005, que fijó horarios diferenciados para locales de expendio de alcohol en el centro de Calama.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.