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Por un período de seis meses a contar de la fecha del presente decreto.

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Por un período de un año a contar de la fecha del presente decreto.

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La institución financiera pondrá tales cantidades a disposición de la referida Junta Nacional, la que prorrateará y distribuirá íntegramente dichos dineros entre los Cuerpos de Bomberos de Chile.

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Los responsables de los servicios de locomoción colectiva, previo al inicio del viaje, deberán habilitarse ante la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones respectiva.

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El reglamento entrará en vigencia una vez transcurridos 18 meses desde su publicación en el Diario Oficial.

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El Ministerio de Energía deberá elaborar un Plan Nacional de Eficiencia Energética, en colaboración con los ministerios sectoriales respectivos.

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El presente decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial.

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La pena aumenta si la conducta se comente contra de un juez con competencia en lo penal, fiscal del Ministerio Público, defensor penal público, funcionarios de Carabineros e Investigaciones o de Gendarmería, en razón del ejercicio de sus funciones.

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La presente ley entrará en vigencia tres meses después de su publicación en el Diario Oficial.

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