La normativa prohíbe la posibilidad de comunicar datos relativos a obligaciones cuya exigibilidad data de cinco años o más, siendo irrelevante si ha sido pagada o extinguida.
Los responsables de los servicios de locomoción colectiva, previo al inicio del viaje, deberán habilitarse ante la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones respectiva.
Si el ofensor se encontrará autorizado para la tenencia y/o porte de arma conforme a la ley N° 17.798, deberá en cualquier caso dictarse la medida cautelar del numeral 6 del presente artículo.
La trabajadora buscaba revertir el efecto liberatorio de un finiquito respecto de acciones de declaración de relación laboral, unidad económica y nulidad del despido.
Máximo tribunal sostuvo que la administración no solo está facultada, sino obligada a recuperar fondos públicos pagados erróneamente, respetando límites legales en los descuentos.