19-05-2024
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Iniciativa busca establecer requisitos para la autorización de funcionamiento de guarderías o after school

Se ordena el cumplimiento de condiciones de infraestructura adecuadas, dentro de los cuales se garantice un espacio físico destinado exclusivamente a la alimentación y vías de acceso y salida adecuadas para personas con discapacidad.

El 18 de octubre ingresó a la Cámara de Diputados el boletín Nº 16379-04, proyecto de ley que establece los requisitos para la autorización de funcionamiento de guarderías o after school.

El presente proyecto de ley pretende establecer los requisitos legales en conformidad a los cuales las Municipalidades, en el marco de sus competencias actuales, puedan autorizar el funcionamiento de los servicios de guarderías o after school, de manera tal que, ante su verificación, procedan a otorgar una resolución que les permita funcionar en la respectiva comuna.

Así, la nueva propuesta define a las guarderías infantiles o after school como aquellos establecimientos que presten servicios o programas de cuidado o supervisión temporal a menores de edad con el fin de favorecer su desarrollo integral, aprendizajes, conocimientos, habilidades y actitudes.

Por otro lado, el proyecto de ley establece los requisitos en conformidad a los cuales las Municipalidades otorgarán las respectivas patentes de funcionamiento en sus comunas a las guarderías o after school. Junto con ello, se ordena la dictación de un Reglamento que fije las diferentes categorías de guarderías o after school y los requisitos específicos que se deben asegurar para cada caso.

En particular, se prescribe que estos establecimientos deben contar con un sostenedor, público o privado, con ciertas características y habilidades propias del cargo que desempeñará y la especial protección que merecen niñas, niños y adolescentes. Por otra parte, se ordena el cumplimiento de condiciones de infraestructura adecuadas, dentro de los cuales se garantice un espacio físico destinado exclusivamente a la alimentación y vías de acceso y salida adecuadas para personas con discapacidad.

Además, la iniciativa ordena contar con un proyecto institucional y un reglamento interno, de manera tal que la comunidad pueda identificar con claridad las normas y principios de cada establecimiento. Finalmente, se exige que, en conformidad a lo prescrito en un Reglamento, las guarderías o after school cuenten con profesionales o técnicas/os competentes sin inhabilidades para mantener una relación directa y habitual con personas menores de edad.

Por último, el presente proyecto de ley también incorpora un nuevo deber estatal en cuanto a la promoción de las guarderías y after school con ciertas finalidades: prevención de consumo de alcohol y drogas; incentivar prácticas deportivas; promoción de igualdad de oportunidades en cuanto al desarrollo laboral y profesional de las familias, etc.

Boletín Nº 16379-04

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