Se ha ejercido la actividad comercial de forma ininterrumpida, sujeta a medidas de seguridad implementadas para proteger la integridad de los locatarios y asistentes a la feria, debido a hechos públicos y notorios que han afectado al mercado.
Los derechos que solicita sean tutelados no pueden satisfacerse por esta vía dado que el legislador ha dispuesto expresamente procedimientos legales de lato conocimiento.
Lo solicitado por la parte recurrente debe ser resuelto por las autoridades pertinentes, por el procedimiento administrativo respectivo y en la sede que la ley establezca.
La trabajadora buscaba revertir el efecto liberatorio de un finiquito respecto de acciones de declaración de relación laboral, unidad económica y nulidad del despido.
Máximo tribunal sostuvo que la administración no solo está facultada, sino obligada a recuperar fondos públicos pagados erróneamente, respetando límites legales en los descuentos.