Los recurridos incurrieron en un acto arbitrario e ilegal al incurrir en una conducta de autotutela, impidiendo el acceso de la recurrente a sus instalaciones.
Los recurridos incurrieron en un acto arbitrario e ilegal al incurrir en una conducta de autotutela, impidiendo el acceso de la recurrente a sus instalaciones.
Para Morales, es probable que se discuta en el Consejo Constitucional la forma en que se encuentra redactada esta garantía ya que puede tener implicancias importantes.
Corte Suprema revocó sentencia apelada y acogió la acción de protección, dejando sin efecto las Resoluciones N° 373 y N° 374, ambas de 8 de octubre de 2021.
Busca ampliar los deberes de los diputados con el objetivo de elevar los estándares de ética parlamentaria.
En su opinión, el académico describe que la idea central es de una mayor suficiencia presupuestaria, pero teniendo en cuenta obligaciones exhaustivas de control en este aspecto.
Para el académico, esto se refiere expresamente a la Corte Suprema, Cortes de Apelaciones, jueces letrados y tribunales de asuntos vecinales o de proximidad.
Corte Suprema revocó y acogió recurso de amparo económico señalando que es procedente respecto de ambos incisos del numeral 21 de la CPR.
En esta columna, vamos a ofrecer una breve descripción de los principales aspectos del modelo de Estado Social aprobado por la Comisión Experta. Como hemos comentado en otras oportunidades, los derechos sociales suelen generar dos tipos de problemas: problemas distributivos y problemas adjudicativos. Los primeros
Para la comisionada, la segunda etapa de trabajo junto al Consejo Constitucional será principalmente asesorar y colaborar con el principal órgano constituyente. Para indagar más sobre el trabajo realizado en los últimos tres meses por la Comisión Experta, Actualidad Jurídica conversó con Natalia González, abogada y
Aunque lejos de la atención mediática, el acuerdo de la Comisión Experta constitucional incluye algunas normas dirigidas a la administración pública que vale la pena tomar en consideración. El nuevo artículo 16.9, del Capítulo de Derechos y Libertades Fundamentales, consagra: “El derecho a un trato digno, deferente,