Se acreditó la existencia de un perjuicio por la pérdida de contratos y exclusión de licitaciones.
Se acreditó la existencia de un perjuicio por la pérdida de contratos y exclusión de licitaciones.
Lo anterior, permitirá ir en ayuda de familias, productores agrícolas, campesinos y habitantes rurales.
Con esto, se deroga la Ley 19.537 sobre copropiedad inmobiliaria, y se crea el Registro Nacional de Administradores de Condominios.
Se plantea que la mujer pueda administrados ella misma sus bienes raíces, o por el marido con su autorización.
El proyecto de ley surge como alternativa a la propuesta del quinto retiro de fondos de pensiones.
Además, se crea un registro público de entidades donatarias, administrado por una Secretaría Técnica de la Subsecretaría de Hacienda.
Para la validez de la notificación se requiere del consentimiento del notificado.
Con esto, se podrá aumentar en un grado la pena a un mayor de 18 años, cuando haya sido acompañado por menores de 14 años.
Luego del primer año de entrada en vigencia de la ley, los clubes deberán contratar a un 50% del plantel de jugadoras.
Dicho aporte adicional deberá entregarse en cuotas iguales en los meses de julio, octubre y diciembre de este año.