Si el poseedor o tenedor de un arma legalmente inscrita se ausentare del lugar autorizado para mantener el arma, cualquier persona mayor de edad podrá hacer uso de ella en caso de legítima defensa propia, de terceros o de propiedad privada.
Corte Suprema señaló que la no renovación es una atribución que el ordenamiento jurídico, otorga a los alcaldes, previo acuerdo del Concejo Municipal respectivo.
La Segunda Sala descartó vulneraciones al debido proceso y confirmó la condena por fingimiento del cargo de abogado, junto con el delito de uso malicioso de documento privado falso.
La Tercera Sala impuso suspensión de un mes y multa de 5 UTM a una abogada por incorporar referencias doctrinarias no verificadas en un recurso de casación en el fondo.