La Corte estimó que, aunque existió infracción al deber funcionario, la destitución aplicada por la Municipalidad de San Pedro de la Paz resultó desproporcionada frente a las circunstancias del caso.
La Corte estimó que, aunque existió infracción al deber funcionario, la destitución aplicada por la Municipalidad de San Pedro de la Paz resultó desproporcionada frente a las circunstancias del caso.
El fallo confirmó que la cancelación de matrícula exige notificación formal, instancia de descargos y reconsideración, validando la multa del 3% de subvención impuesta por la Superintendencia.
El máximo tribunal revocó el fallo de la Corte de Apelaciones de Chillán y declaró que la controversia sobre el descuento de $141.510.260 por atraso contractual debe resolverse en la vía ordinaria y no mediante acción cautelar.
Instruyó a Gendarmería trasladar en 24 horas a persona privada de libertad para su resolución quirúrgica definitiva y autorizó salidas médicas bajo supervisión familiar.
El máximo tribunal rechazó la acción interpuesta por funcionaria a contrata, estimando que la decisión institucional se fundó en una anotación de demérito y en el procedimiento calificatorio legalmente previsto.
La Contraloría actualiza el régimen de exención y registro, incorpora nuevas hipótesis y fija reglas específicas para actos municipales.
La Corte ordenó suspender el uso de parlantes en un templo mientras no adopte medidas de mitigación acústica que aseguren el cumplimiento del D.S. N° 38/2011. La fiscalización quedó a cargo de la SMA.
La Corte estimó que, aunque existió infracción al deber funcionario, la destitución aplicada por la Municipalidad de San Pedro de la Paz resultó desproporcionada frente a las circunstancias del caso.
La Corte revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones, acogió el amparo y ordenó el traslado inmediato del imputado al Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz.
El máximo tribunal dejó sin efecto la resolución que puso término anticipado a una contrata, al estimar que carece de fundamentación suficiente conforme a la Ley N° 19.880. Ordenó dictar un nuevo acto debidamente motivado.