El tribunal concluyó que la ocupación discutida no provenía de mera tolerancia de la actora, pues era anterior a la adquisición de sus derechos y había sido objeto de litigios previos.
El fallo sostuvo que la acción cautelar no es la vía idónea para revisar el mérito de un sumario administrativo ni la proporcionalidad de la sanción disciplinaria.
Concluyó que la resolución impugnada no cumple los supuestos del recurso de queja, al no tratarse de una decisión susceptible de este arbitrio disciplinario.
Ya se encuentran abiertas las inscripciones para participar en el III Congreso de Derecho y Tecnología, instancia académica que se desarrollará los días 14 y 15 de mayo en la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, consolidándose como uno de los principales espacios de discusión jurídica en torno al impacto de las tecnologías en el derecho.
Las cuentas de la electricidad registrarán nuevas alzas a partir del segundo semestre de 2026, de acuerdo con el informe técnico preliminar publicado por la Comisión Nacional de Energía (CNE), que fija los precios de nudo promedio para el período.
Desde el Ministerio de Energía descartaron que el actual subsidio eléctrico haya sido eliminado de forma anticipada y aclararon que continuará operando bajo los términos establecidos en la ley aprobada durante el gobierno del expresidente Gabriel Boric, con vigencia hasta 2026.
La acción intentada buscaba impugnar la aplicación de la Ley N°21.772 y no una infracción al derecho a desarrollar actividades económicas en los términos protegidos por el amparo económico.
La Tercera Sala estimó que la acción de protección no era la vía idónea para discutir la Ordenanza Municipal N°005, que fijó horarios diferenciados para locales de expendio de alcohol en el centro de Calama.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.