Ninguna obra o faena destinada a la producción de áridos podrá iniciarse sin la autorización previa del municipio, ya sea por permiso o concesión otorgada por el Alcalde.
Entre las atribuciones y deberes especiales, se establece que las Fuerzas podrán controlar la identidad de cualquier persona que se hallare al interior de las Áreas de zonas fronterizas y proceder al registro de sus vestimentas, equipaje o vehículo.
La municipalidad podrá revocar la autorización en cualquier momento cuando así lo solicite, a lo menos, el cincuenta por ciento de los referidos propietarios o sus representantes.
Deroga el artículo 37 bis de la ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo 1 del Decreto Ley Nº 824, de 1974, introducido por la Ley Nº 21.420.
Máximo tribunal sostuvo que la protección de la Ley del Consumidor alcanza a quien utiliza o disfruta el servicio como destinatario final, aunque no sea el propietario inscrito del vehículo involucrado.
Máximo tribunal sostuvo que la ausencia de licencia de conducir no justificaba reducir la indemnización por daño moral, ya que no tuvo incidencia causal en el accidente que provocó la muerte del trabajador.