Se ratifica el procedimiento administrativo estableciéndose que Empresa de Agua Potable El Colorado S.A. extraía un mayor caudal al permitido.
Se ratifica el procedimiento administrativo estableciéndose que Empresa de Agua Potable El Colorado S.A. extraía un mayor caudal al permitido.
La causa a prueba se recibió el 9 de abril de 2021 y notificado el demandante de ésta, el 1 de octubre de ese mismo año, se concluye que no se cumplió el plazo que exige el Código.
Por un período de un año desde la fecha del presente decreto.
Por un período de un año.
Por un período de un año, a contar de 8 de julio de 2024.
Además, la ley incorpora las obras estatales de desarrollo del desarrollo del recurso hídrico en tales decretos.
Son declaradas zonas de escasez las comunas de Puerto Montt, Calbuco, Los Muermos, Llanquihue, Maullín, Puerto Varas, Fresia y Cochamó, de la Provincia de Llanquihue de la Región de Los Lagos y la Provincia de Chiloé, Región de Los Lagos.
El presente reglamento entrará en vigencia 180 días después de su publicación en el Diario Oficial.
Corte Suprema rechazó el recurso de casación, la minera debió acompañar la autorización, ya que la obra de captación se emplazaría en un bien nacional de uso público.
Se trata de una actuación que resulta arbitraria e ilegal, toda vez que, se impide al actor y a su grupo familiar, acceder a un nutriente esencial para la vida.