Corte Suprema rechazó el recurso de casación, la minera debió acompañar la autorización, ya que la obra de captación se emplazaría en un bien nacional de uso público.
Se trata de una actuación que resulta arbitraria e ilegal, toda vez que, se impide al actor y a su grupo familiar, acceder a un nutriente esencial para la vida.
El propósito es que los recursos hídricos se destinen en forma prioritaria para el cumplimiento de la función de subsistencia, esto es consumo humano y riego.
La acción de protección no constituye una instancia de declaración de derechos, sino de protección de aquellos preexistentes e indubitados, que se encuentren afectados.
Corte suprema señaló quela autoridad administrativa, al resolver un recurso de reconsideración, debe limitarse a decidir sobre los argumentos entregados por el recurrente.
Se permite reutilizar las aguas provenientes de las duchas, lavamanos, lavaplatos, máquinas lavavajillas y lavadoras de ropa para el regadío de algunos cultivos agrícolas.
La trabajadora buscaba revertir el efecto liberatorio de un finiquito respecto de acciones de declaración de relación laboral, unidad económica y nulidad del despido.
Máximo tribunal sostuvo que la administración no solo está facultada, sino obligada a recuperar fondos públicos pagados erróneamente, respetando límites legales en los descuentos.