Ordenó la eliminación de la sanción de todo registro en que figurase.
Ordenó la eliminación de la sanción de todo registro en que figurase.
El actuar policial se encuentra amparado en la normativa vigente.
Tiene por finalidad constituirse como un mecanismo eficaz contra el crimen organizado.
Es improcedente la querella de capitulo impetrada en contra del amparado, por referirse a hechos o actos que habría ejecutado fuera del ejercicio de la función pública.
Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto, toda vez que descartó arbitrariedad, abuso o sesgo en el actuar policial.
Aquel que cometa dichos será sancionado con la pena de presidio menor en sus grados medio a máximo y multa de 60 a 90 UTM.
Al resolver el tribunal sin audiencia previa y sin considerar los fundamentos ni las implicancias para la amparada, se vulneraron sus derechos y su proceso de resocialización.
Dicha prohibición tiene como objetivo salvaguardar la integridad del sistema judicial, prevenir la impunidad y proteger a la sociedad de los peligros asociados con la delincuencia organizada.
Se ha incumplido la normativa nacional e internacional a la que Chile se ha obligado respecto del tratamiento que debe dispensarse a personas privadas de libertad.
El juez recurrido puso en riesgo la libertad del recurrente.