En materia de equidad territorial, el proyecto modifica los aportes de Las Condes y Lo Barnechea al Fondo Común Municipal.
En materia de equidad territorial, el proyecto modifica los aportes de Las Condes y Lo Barnechea al Fondo Común Municipal.
El operador local deberá recargar el IVA al comprador en operaciones de bienes corporales muebles de bajo valor.
El incumplimiento de la obligación de otorgar la BHE se encuentra sancionado de conformidad al N° 10 del artículo 97 del Código Tributario.
La potestad fiscalizadora, al revisar el monto del gasto no faculta al Servicio para emitir juicios económicos que restrinjan la libertad empresarial.
El beneficio consiste en un crédito contra el impuesto de primera categoría.
Se modifica la Ley N° 20.732 para que adultos mayores que no puedan acceder al beneficio del impuesto territorial en relación con el avalúo, puedan acceder al mismo donde el impuesto no podrá superar el 5% de sus ingresos.
Se busca crear un régimen de tributación especial y unificado denominado Monotributo.
Se le aplicará un impuesto sustitutivo del IVA equivalente al 1,5%.
Ello tiene la finalidad de alivianar una carga pública.
Estarán exentos del pago de impuesto territorial la mujer o el hombre mayor de 60 o 65 años de edad.