Busca extender hasta el 31 de diciembre la facultad de poner término anticipado a juicios tributarios.
Busca extender hasta el 31 de diciembre la facultad de poner término anticipado a juicios tributarios.
Establece la posibilidad que el Servicio pueda tasar, fundadamente, dicho precio o valor en los casos en que éste difiera notoriamente de los valores normales de mercado.
Establece un impuesto sobre las transacciones de ventas que se efectúen en ferias libres, el cual tendrá el carácter de un impuesto sustitutivo del impuesto a las ventas y servicios.
Las personas no residentes que ingresen al país con fines turísticos tendrán derecho a la devolución del IVA soportando con ocasión de la adquisición de la adquisición de bienes muebles en el comercio nacional.
Se presumirá que inician actividades quienes efectúen una o más importaciones en 12 meses cuyo valor sea al menos de 3.000 dólares de Estados Unidos de América.
Se busca modernizar la administración tributaria y los tribunales de la materia, dar nuevas facultades a la defensoría del contribuyente y controlar el comercio informal.
Se busca evitar afectar el patrimonio de funcionarios o ex funcionarios municipales que recibieron los recursos por error.
El cual permitiría conocer quiénes son las personas detrás de las empresas y otras entidades.
Se facilita las labores del SII y el Servicio Nacional de Aduanas en materia de fiscalización de infracciones y delitos tributarios y aduaneros, y la persecución del crimen organizado.
Las modificaciones incorporadas por esta ley entrarán en vigencia a contar del 1 de mayo de 2023.