Establece la posibilidad que el Servicio pueda tasar, fundadamente, dicho precio o valor en los casos en que éste difiera notoriamente de los valores normales de mercado.
Establece un impuesto sobre las transacciones de ventas que se efectúen en ferias libres, el cual tendrá el carácter de un impuesto sustitutivo del impuesto a las ventas y servicios.
Las personas no residentes que ingresen al país con fines turísticos tendrán derecho a la devolución del IVA soportando con ocasión de la adquisición de la adquisición de bienes muebles en el comercio nacional.
Se presumirá que inician actividades quienes efectúen una o más importaciones en 12 meses cuyo valor sea al menos de 3.000 dólares de Estados Unidos de América.
Se busca modernizar la administración tributaria y los tribunales de la materia, dar nuevas facultades a la defensoría del contribuyente y controlar el comercio informal.