La parte interesada debió efectuar sus alegaciones, acompañar antecedentes, cuestión que no hizo, porque no concurrió a la audiencia inicial, perdiendo su oportunidad.
A la fecha de fiscalización existía un Reglamento para los distintos jardines de la JUNJI que fueron fiscalizados, por lo que constatada la infracción debió imponer una sola multa.
Será al momento de la liquidación de ésta, la oportunidad para que se pueda solicitar y debatir la posibilidad de que se descuente, de la cuota correspondiente al cónyuge ejecutado.
El fallo concluyó que la revocación de la prórroga de una contrata, antes del inicio del nuevo período anual, no afectó un derecho adquirido en el caso.
La Cuarta Sala confirmó la sentencia que desestimó una demanda por competencia desleal deducida por Consorcio Valle Hermoso S.A. contra Mantoverde S.A.