El Estado reconocerá el derecho preferente, irrenunciable y vinculante de los padres, madres o tutores legales a intervenir en todas las decisiones relativas al acompañamiento sanitario, psicológico y educativo de sus hijos menores de edad.
Los establecimientos educacionales no solo deben contar formalmente con reglamentos y protocolos, sino también aplicarlos eficazmente para garantizar la integridad y seguridad de los estudiantes.
La comunidad recurrente se ve impedida de utilizar los estacionamientos internos del condominio y de ingresar o salir desde la calle principal durante los días en que opera la feria.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.
Máximo tribunal estableció que la figura del agente público configura un régimen jurídico especial, distinto del contrato laboral y del honorario común.
La Ley N° 21.813 crea un marco especial para proyectos de desalinización, con reglas sobre estrategia nacional, concesiones, servidumbres, fiscalización, sanciones y vigencia.