Las exenciones del artículo 129 bis 9 del Código de Aguas son de carácter estricto, descartando que la demora administrativa en la autorización de traslado de punto de captación libere al titular.
Al impedirle el pago del crédito hipotecario en razón de la morosidad de otras obligaciones para con el banco, se expone a la eventual pérdida del inmueble que lo garantiza, en circunstancias que la deuda efectivamente morosa dice relación con otras operaciones diferentes.
Las ofertas de venta no son un parámetro válido para tasar un terreno, pues sólo reflejan el precio esperado por el vendedor y no el valor real de transacción.
El fallo concluyó que la revocación de la prórroga de una contrata, antes del inicio del nuevo período anual, no afectó un derecho adquirido en el caso.
La Cuarta Sala confirmó la sentencia que desestimó una demanda por competencia desleal deducida por Consorcio Valle Hermoso S.A. contra Mantoverde S.A.