Se modifica la Ley N° 20.732 para que adultos mayores que no puedan acceder al beneficio del impuesto territorial en relación con el avalúo, puedan acceder al mismo donde el impuesto no podrá superar el 5% de sus ingresos.
El Servicio de Registro Civil e Identificación no está obligado a procesar, sistematizar ni calcular información estadística solicitada ya que dicha función corresponde al INE.
La resolución impugnada no constituye una sentencia definitiva, ya que se limitó a retrotraer el procedimiento para dictar un ICSARA excepcional, sin resolver el fondo.
Se crea una obligación explícita para que los Tribunales de Justicia informen a la Superintendencia de Pensiones las condenas que se encuentran en el supuesto establecido en la ley.
Conforme al artículo 2, inciso 4°, del DFL N° 1 de 1993 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, la autorización del Presidente de la República es exigible tanto en actos voluntarios como forzosos, como la expropiación.
La acción intentada buscaba impugnar la aplicación de la Ley N°21.772 y no una infracción al derecho a desarrollar actividades económicas en los términos protegidos por el amparo económico.
La Tercera Sala estimó que la acción de protección no era la vía idónea para discutir la Ordenanza Municipal N°005, que fijó horarios diferenciados para locales de expendio de alcohol en el centro de Calama.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.