El Servicio Nacional de Capacitación y Empleo será el encargado de administrar y fiscalizar el subsidio, incluyendo su concesión, suspensión, extinción y cese.
La presente norma entra en vigor a partir del 1 de agosto de 2025, excepto respecto de los casos de ARC obligatoria, cuya vigencia comenzará el 1 de julio de 2026.
La conducta de la entidad bancaria es arbitraria, desde que su actuación no ha cumplido con los cánones de proporcionalidad ni de razonabilidad que le son exigibles.
El proyecto de ley busca traspasar funciones de las Administradoras de Fondos de Pensiones al Administrador del Fondo Autónomo de Protección Previsional.
El conflicto planteado requiere de la substanciación de un procedimiento de lato conocimiento, que otorgue a todas las partes las garantías e instancias adecuadas para su resolución.
La acción intentada buscaba impugnar la aplicación de la Ley N°21.772 y no una infracción al derecho a desarrollar actividades económicas en los términos protegidos por el amparo económico.
La Tercera Sala estimó que la acción de protección no era la vía idónea para discutir la Ordenanza Municipal N°005, que fijó horarios diferenciados para locales de expendio de alcohol en el centro de Calama.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.