25-04-2024
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El legislador estableció un procedimiento especial respecto de las infracciones a la ley N° 20.730, entregándole la potestad a la Contraloría General para, mediante la instrucción del respectivo procedimiento, determinar la existencia de responsabilidad y proponer una sanción.

Existe contaminación acústica acreditada, y, por consiguiente, se infringe la garantía constitucional contenida en el artículo 19 N° 8 de la Constitución Política de la República.

Se rechazó el decaimiento, ya que si bien el procedimiento tardó más de 6 meses se realizaron diversas gestiones por la autoridad con la finalidad de dar curso al procedimiento.

La gestión administrativa se ha dilatado de modo excesivo, han pasado más de 20 meses.

Debe ser sometido el asunto a un juicio de lato conocimiento.

Corte Suprema en recurso de unificación de jurisprudencia estimó que existió error al no acoger la excepción de finiquito, sin perjuicio subsiste la acción de nulidad del despido.