Se busca perfeccionar el marco regulatorio del Código Procesal Penal y del Código Penal respecto de los delitos sexuales cometidos en contra de niños, niñas y adolescentes.
Se busca perfeccionar el marco regulatorio del Código Procesal Penal y del Código Penal respecto de los delitos sexuales cometidos en contra de niños, niñas y adolescentes.
Si el ofensor se encontrará autorizado para la tenencia y/o porte de arma conforme a la ley N° 17.798, deberá en cualquier caso dictarse la medida cautelar del numeral 6 del presente artículo.
La presente fue promulgada el 31 de agosto del año 2022 y publicada en el Diario Oficial el 7 de septiembre del mismo año.
En ningún caso el juez podrá fundar exclusivamente su decisión en la capacidad económica de los progenitores.
Se busca limitar la autorización del padre con respecto a la salida de los hijos fuera del país en el caso de que el alimentante no cumpla con su obligación legal de manera reiterada o sistemática.
Así, el instructivo comenzará a regir a contar de su notificación por correo electrónico a los liquidadores, sin perjuicio de su publicación en el Diario Oficial.
Con esto, se permitirá que las deudas puedan ser pagadas con un porcentaje de las cotizaciones obligatorias de AFP.
Será el Servicio Nacional de Registro Civil el encargado del Registro Nacional de Deudores.
El ofensor deberá abstenerse de realizar comentarios, divulgación, descalificación y amenazas por cualquier red social.
Con esta propuesta, se crea una tutela y participación judicial efectiva desde el procedimiento de familia.