Contempla sanciones a los empleadores que obliguen a asistir a los trabajadores durante una cuarentena, con penas de hasta 3 años y multas que llegan hasta las 200 UTM. El 20 de junio se publicó en el Diario Oficial la ley N° 21.240, que modifica el
Contempla sanciones a los empleadores que obliguen a asistir a los trabajadores durante una cuarentena, con penas de hasta 3 años y multas que llegan hasta las 200 UTM. El 20 de junio se publicó en el Diario Oficial la ley N° 21.240, que modifica el
Se establece como agravante el haber cometido el delito durante la vigencia de un estado de excepción constitucional o de una medida de la autoridad sanitaria producto de una emergencia. Con fecha 20 de mayo ingresó al Senado el proyecto de ley, boletín N° 13.525-07, que
Dicha ley no indulta a quienes estén condenados por tortura, asociación ilícita, delitos de lesa humanidad, violación, entre otros. En el marco de la pandemia presente a nivel mundial, este viernes 17 de abril de 2020 se publicó en el Diario Oficial la ley N° 21.228,