La actuación de Aguas Andinas no implicó la realización de un acto ilegal o arbitrario, por cuanto ha obrado dentro del marco legal que la regula.
La actuación de Aguas Andinas no implicó la realización de un acto ilegal o arbitrario, por cuanto ha obrado dentro del marco legal que la regula.
A contar de la sexta prorroga del estado de excepción constitucional el Presidente de la República con acuerdo del Congreso Nacional podrá prorrogarlo por períodos de 30 días.
Al ser el actor sorprendido utilizando de modo inadecuado las dependencias y en razón de ello se ha tomado la determinación de prohibición de acceso la cual le es privativa y permitida.
Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, la que rechazó la acción de protección deducida en contra de la Municipalidad de Renca.
El actuar de la recurrida de forma unilateral y producto del mero capricho, trasgredió las normas del debido proceso.
Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó recurso de amparo deducido en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación.
Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco que rechazó la acción de protección.
Corte Suprema rechazó acción de protección y estimó era procedente la orden de desalojo dictada en el juicio de arrendamiento.
Corte no advirtió ilegalidad en el acto que dispuso el retiro del recurrente.
Corte Suprema confirmó rechazó la acción de protección en contra de las hijas de su vecino.