En conversación con Actualidad Jurídica: el blog de DOE, la académica de la Universidad Adolfo Ibáñez, y co-secretaria ejecutiva de ICON-S Chile, Brigitte Leal, analiza las principales conclusiones de la IV Conferencia Anual del capítulo chileno, marcada por la transformación del poder público, la creciente colaboración público-privada y los desafíos del derecho público frente a la crisis de legitimidad institucional.
La Corte Suprema revocó una sentencia de la Corte de Apelaciones y acogió un recurso de protección por el cierre de un camino vecinal en La Araucanía, calificando la conducta como un acto de autotutela prohibido por la Constitución.
La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó un recurso de protección contra el Servicio de Salud Araucanía Sur por la negativa a emitir un certificado médico de defunción con causa determinada.
El máximo tribunal revocó un fallo de la Corte de Apelaciones de Coyhaique y ordenó restituir el acceso a una sede social, calificando como autotutela prohibida el cambio unilateral de cerraduras.
El máximo tribunal ratificó que la filiación controvertida y el parentesco hereditario no pueden resolverse por la vía cautelar del recurso de protección, aun cuando se invoque igualdad ante la ley y derecho de propiedad.
La Tercera Sala confirmó que el recurso de protección no es la vía idónea para impugnar decisiones del Ejecutivo fundadas en potestades legales, al confirmar la inadmisibilidad decretada por la Corte de Apelaciones de Santiago.
El máximo tribunal revocó un fallo que había ordenado al Serviu cesar obras en un inmueble de Talcahuano, concluyendo que las disputas sobre la cabida expropiada no pueden resolverse por esta vía cautelar.
La Corte Suprema confirmó que el recurso de protección no es la vía idónea para resolver disputas sobre deudas de gastos comunes y validó que estas controversias deben discutirse en un procedimiento de lato conocimiento.
El máximo tribunal explicó que, aun sin exigir sumario formal, la Administración debe verificar individualmente las inasistencias y asegurar derecho a defensa antes de afectar remuneraciones.
El máximo tribunal revocó un fallo de la Corte de Apelaciones de Chillán y sostuvo que no hay ilegalidad ni arbitrariedad cuando la expulsión se ajusta a los estatutos y a la autonomía de la organización.
El fallo concluyó que la revocación de la prórroga de una contrata, antes del inicio del nuevo período anual, no afectó un derecho adquirido en el caso.
La Cuarta Sala confirmó la sentencia que desestimó una demanda por competencia desleal deducida por Consorcio Valle Hermoso S.A. contra Mantoverde S.A.