Es la formalización la que suspende la prescripción de la acción penal, y al tiempo de la formalización había transcurrido los cinco años de prescripción.
Es la formalización la que suspende la prescripción de la acción penal, y al tiempo de la formalización había transcurrido los cinco años de prescripción.
El postulante no tiene beneficios intrapenitenciarios, su compromiso delictual así como su riesgo de reincidencia es medio y tiene necesidades de intervención vigentes.
La autorización concedida por el juez recurrido al querellante para formular acusación contra el amparado contraviene las normas del Código Procesal Penal, lo cual pone en riesgo ilegalmente su libertad.
La iniciativa pretende modificar el Código Penal y el Código Procesal Penal.
El amparado no cuenta beneficios intrapenitenciarios, arroja riesgo alto de reincidencia, y ha minimizando su conducta infractora.
Se trata de una resolución dictada por un tribunal de la República en el marco de sus atribuciones legales y dentro de la esfera de su competencia, debidamente justificada.
La actuación del SII no es ilegal ni arbitraria, ya que de un eventual incumplimiento de las condiciones impuestas, corresponde disponer su revocación y continuar con el procedimiento.
El interno posee riesgo de reincidencia alto e insuficiente capacidad para identificar posturas morales diferente a las propias, y minimiza la conducta infractora.
Gendarmería debe orientar su labor a la resocialización de los internos que tiene a su cuidado.