Con esto, las multas pasarían de entre 50 y 200 UTM a entre 100 y 400 UTM para quienes destruyan monumentos.
Con esto, las multas pasarían de entre 50 y 200 UTM a entre 100 y 400 UTM para quienes destruyan monumentos.
La legislación deroga los artículos 13 y 14 de la Ley 16.441, sobre usurpación y violación.
La también llamada Ley Karina Oliva establece multas de 50 a 1.000 UTM a quienes defrauden al Fisco en dichas materias.
La propuesta aumenta en un grado las penas en casos de homicidio, lesiones de todo tipo y amenazas.
Además, el proyecto propone aumentar las penas a quienes disparen un arma de fuego cerca dichos establecimientos.
El proyecto de ley también busca limitar el acceso a salidas alternativas y a penas sustitutivas.
Se busca incorporar expresamente el porte de drogas, armas u otros objetos prohibidos.
El proyecto de ley busca pasar de una sanción de presidio menor en su grado máximo a un presidio mayor en su grado mínimo.
Con esto, se podrá aumentar en un grado la pena a un mayor de 18 años, cuando haya sido acompañado por menores de 14 años.
Las municipalidades deberán establecer en sus respectivas ordenanzas los lugares donde se podrá ejercer el comercio ambulante.