La Primera Sala en sentencia de reemplazo, rechazó la prescripción ordinaria y extraordinaria del derecho real de herencia, reconociendo efectos retroactivos a la filiación judicialmente determinada.
Tercera Sala rechazó la casación en la forma y en el fondo y confirmó que la notificación de la sentencia definitiva a una sola parte no interrumpe el plazo de seis meses del artículo 152 del Código de Procedimiento Civil.
El máximo tribunal descartó la invocación de buena fe y reafirmó que la ocupación de bienes fiscales exige siempre un título vigente conforme a la ley.
La Primera Sala revocó una restitución ordenada en Antofagasta y precisó que la acción de precario exige ausencia total de título, incluso frente a contratos celebrados con anteriores propietarios.
En el marco de su participación en las Jornadas Nacionales de Derecho Civil, la profesora de Derecho Civil y directora del Instituto de Ciencias Jurídicas de la Universidad Austral, María Paz Gatica, analiza la intransmisibilidad del lucro cesante futuro, la falta de uniformidad jurisprudencial y las tensiones que esta figura plantea frente al principio de reparación integral del daño en el Derecho Civil chileno.
El máximo tribunal desestimó un recurso de casación en el fondo al concluir que la recurrente no identificó las normas sustantivas que resolvían el conflicto, pese a alegar vicios procesales y constitucionales.
La sentencia ratifica que, en prestaciones otorgadas bajo el sistema PAD, existe vínculo contractual tanto con el médico tratante como con la clínica, imponiendo deberes de cuidado, supervisión y diligencia.
El máximo tribunal revocó un fallo de la Corte de Apelaciones de Arica y precisó los requisitos legales que deben concurrir para suspender el suministro eléctrico en un condominio.
La acción intentada buscaba impugnar la aplicación de la Ley N°21.772 y no una infracción al derecho a desarrollar actividades económicas en los términos protegidos por el amparo económico.
La Tercera Sala estimó que la acción de protección no era la vía idónea para discutir la Ordenanza Municipal N°005, que fijó horarios diferenciados para locales de expendio de alcohol en el centro de Calama.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.