Cuando hay una doble inscripción sobre un mismo predio, al tenor de los artículos 924 y 925 del Código Civil, se ha de comprobar la posesión integral del bien raíz.
Cuando hay una doble inscripción sobre un mismo predio, al tenor de los artículos 924 y 925 del Código Civil, se ha de comprobar la posesión integral del bien raíz.
El perito no explica ni da razones lógicas respecto a las obras complementarias que sí deben ser avaluadas y que no fueron consideradas en el Informe de la Comisión de peritos.
Juez arbitral no se encontraba facultado para suscribir la escritura pública de adjudicación en representación de la ejecutada.
Corte Suprema determinó que existió una incorrecta calificación del acto jurídico, al contener efectivamente un contrato de compraventa y no una cesión de derechos como fue llamada por las partes.
Conservador realizó una errada interpretación del artículo 13 del Reglamento del Conservador de Bienes Raíces.
Corte Suprema rechazó recurso de casación, condenando a TVN a pagar una indemnización por concepto de daño moral por las transmisiones realizadas.
El contrato en cuestión carecía de un requisito esencial, a saber, la falta de determinación del riesgo asegurable.
La tramitación de una posesión efectiva ante el Servicio no es una materia litigiosa que comprenda etapas de discusión.
Otorga plena libertad de disposición de los bienes, cumpliendo requisitos de forma y fondo que impone la norma propuesta, a fin de respetar realmente la última voluntad del causante.
El exigir la notificación, es añadir una exigencia que el ordenamiento jurídico no pide, y que, en definitiva, no hace a la esencia de la institución.