El máximo tribunal revocó un fallo de la Corte de Apelaciones de Arica y precisó los requisitos legales que deben concurrir para suspender el suministro eléctrico en un condominio.
El máximo tribunal reafirmó que la cesión gratuita del uso de un bien común exige el consentimiento de todos los copropietarios y precisó los límites del recurso de casación.
La Corte Suprema revocó la indemnización por daño moral otorgada a una comunidad de copropietarios, fijando un estándar estricto de prueba e individualización de los afectados en este tipo de controversias civiles.
El tribunal mantuvo la absolución penal por falta de prueba, pero anuló parcialmente la sentencia civil al reprochar la ausencia de razonamiento en la fijación de las indemnizaciones.
El máximo tribunal descartó la casación en el fondo y confirmó que la sola inexistencia de un título vigente basta para calificar como ilegal la ocupación de un bien fiscal, conforme al DL N° 1939.
El máximo tribunal rechazó recurso de casación y confirmó el fallo al no acreditarse nexo causal entre su actuación y las muertes ocurridas en el año 2015.
El máximo tribunal rechazó los recursos del Servicio de Salud Aconcagua y confirmó la imposibilidad de revisar hechos y peritajes en un caso de falta de servicio.
Rechazó la casación en el fondo y mantuvo la orden de rendir cuentas dentro de 30 días hábiles, destacando que no podía reabrirse la discusión fáctica en esta sede.
Conforme al principio pro persona, y a la aplicación preferente de los Derechos Humanos, el Estado debe interpretar toda norma de manera que maximice la protección de la vida y la salud.
El máximo tribunal estimó que los antecedentes penales y disciplinarios invocados por la autoridad constituían fundamentos objetivos para la no renovación de los nombramientos.
La trabajadora mantuvo una relación laboral y no una prestación de servicios a honorarios, al desempeñar funciones permanentes bajo subordinación y dependencia.
La Superintendencia de Seguridad Social concluyó que el actual marco legal no autoriza el uso de sistemas de geolocalización activa ni de reconocimiento facial para verificar el cumplimiento del reposo médico.