El actuar de Carabineros de Chile se encuentra enmarcada en el ejercicio legítimo de su actividad y, particularmente, en el Plan de Acción N° 68, ideado para combatir los diversos ilícitos.
El actuar de Carabineros de Chile se encuentra enmarcada en el ejercicio legítimo de su actividad y, particularmente, en el Plan de Acción N° 68, ideado para combatir los diversos ilícitos.
La participación de bandas criminales y asociaciones delictuales fuertemente organizadas ha hecho necesario disponer de nuevas herramientas para enfrentarlas.
Tiene como objetivo prevenir la ocurrencia de eventos delictivos y de actos de violencia e inseguridad social asociados a funerales de riesgo.
Asimismo, deberá hacer uso de sus atribuciones para mantener el debido orden, aseo y ornato.
El llamado al servicio tiene por finalidad, ya sea de manera directa o indirecta, el aumento de la dotación de Carabineros en labores operativas a nivel de Altas Reparticiones, Reparticiones, Comisarías y Destacamento.
El actuar de la recurrida resulta arbitrario por cuanto si bien ha realizado algunas acciones tendientes a dar una solución al conflicto planteado en esta causa, aquella respuesta no ha resultado suficiente.
Las personas serán sancionadas con la pena de presidio menor en su grado máximo e inhabilitación perpetua del ejercicio de cargos públicos.
La iniciativa establece nuevas obligaciones para los operadores públicos y privados de infraestructura crítica en el país.
Se establece como deber resguardar la integridad personal de quienes se encuentren bajo cuidado, custodia o control y una prohibición de usar la fuerza contra personas detenidas.
Regula los principios, condiciones, medios, métodos y límites para el empleo diferenciado de la fuerza y de las armas menos letales y letales.