El recurrido, exfuncionario del COSAM y destituido por acoso laboral, ingresó a áreas no habilitadas para el acceso público, alterando el normal desarrollo de las labores.
El descuento no obedece a una medida sancionatoria ni a una orden de reintegro, sino a un ajuste de cálculo de remuneraciones futuras, en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 21.526.
La interposición de recursos administrativos interrumpe el plazo del recurso de protección solo si existe congruencia entre lo solicitado en sede administrativa y lo planteado judicialmente.
No ha existido ilegalidad ni arbitrariedad de parte de la recurrida al disponer el traslado del recurrente, pues la misma se sustenta en las facultades que la ley le ha otorgado a la Dirección Nacional del Personal de Carabineros de Chile.
El recurso de protección no constituye una instancia que permita modificar decisiones de otros órganos del Estado, si no en cuanto de manera ilegítima vulneren o atenten contra garantías fundamentales.
No cualquier dilación en la dictación del respectivo acto administrativo conlleva el decaimiento de este, sino que sólo la amerita aquella que es excesiva e injustificada.
El fallo concluyó que la revocación de la prórroga de una contrata, antes del inicio del nuevo período anual, no afectó un derecho adquirido en el caso.
La Cuarta Sala confirmó la sentencia que desestimó una demanda por competencia desleal deducida por Consorcio Valle Hermoso S.A. contra Mantoverde S.A.