El establecimiento canceló la matrícula respecto de un estudiante que realizó fuga interna, lo cual se estimó no es proporcional, ni se observó un justo y racional proceso.
El establecimiento educacional no otorgó a la recurrente la posibilidad de evacuar descargos o pruebas lo que determinó la falta del debido proceso vulnerándose la igualdad ante la ley.
El acceso a la educación debe producirse en igualdad de condiciones, y su falta de acceso no puede fundarse en impedimentos administrativas o situaciones prácticas como la falta de cupo.
Contar con espacios diseñados para ayudar a los estudiantes a manejar sus desregulaciones emocionales y conductuales ofrece un entorno seguro para que recuperen su equilibrio emocional.