El máximo tribunal sostuvo que el colegio actuó dentro de sus atribuciones legales al aplicar la medida disciplinaria, tras un procedimiento de Aula Segura y revisión de la Superintendencia de Educación.
El máximo tribunal confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt que rechazó la acción presentada contra un establecimiento educacional por la no renovación de matrícula de un estudiante.
Hay algo que se ha ido consolidando en la vida universitaria y que conviene revisitar: la docencia, en demasiados casos, ha quedado entregada a la suerte de quien la ejerce. Como si enseñar fuese una consecuencia natural de saber. Como si bastara con dominar una disciplina para poder transmitirla. Y no basta.
La exigencia de regularizar situación financiera pendiente para acceder a la matrícula no es, per se, una medida contraria a derecho, toda vez que no se han cumplido aún todos los requisitos académicos para la titulación.
Al verificarse un hecho el protocolo deja de ser una opción discrecional para la dirección y se convierte en una obligación para adoptar medidas de protección
La iniciativa, presentada el 7 de abril de 2026, propone reforzar la convivencia, la seguridad y la autoridad docente en establecimientos educacionales.
El Ministerio de Educación, a través de la Subsecretaría de Educación, deberá elaborar la Política Nacional de Convivencia Educativa y un Plan de Acción Nacional.