Etiqueta: Salud

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El máximo tribunal dejó sin efecto la sentencia de la C.A que había acogido un recurso de protección, confirmando en definitiva la patología de salud mental como de origen común.

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El máximo tribunal rechazó un recurso de protección y precisó que la falta de cobertura legal y la ausencia de riesgo vital inminente impiden ordenar judicialmente el financiamiento de tratamientos de alto costo.

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El máximo tribunal ratificó que la aplicación de la prima extraordinaria prevista en la Ley 21.674, aprobada por la Superintendencia de Salud, no vulnera garantías constitucionales y no es revisable por la vía del recurso de protección.

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El máximo tribunal revocó una sentencia y rechazó la acción constitucional, afirmando que la falta de cobertura sanitaria responde a una decisión de política pública fundada en criterios técnicos y presupuestarios.

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No existe contradicción entre exigir al demandante la prueba de la falta de servicio y atribuir al órgano demandado la carga de acreditar la imprevisibilidad o inevitabilidad del daño.

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La Tercera Sala del máximo tribunal concluyó que no hubo ilegalidad ni arbitrariedad en el alza del plan de salud, al haberse aplicado conforme a la Ley N° 21.674 y a un plan de pago aprobado por la Superintendencia de Salud.

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La iniciativa propone incorporar en la Constitución la prohibición de gravar los medicamentos, asegurando su exención del IVA como parte del derecho a la protección de la salud.

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El máximo tribunal acogió el recurso de protección Rol 44.828-2025, ordenando a una Isapre equiparar la cobertura de salud mental y salud física conforme a la Ley 21.331 y la Circular IF/N° 396, aplicable también a planes suscritos antes de 2022.

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El máximo tribunal rechazó el recurso de protección Rol N° 49.513-2025 y reafirmó que la cobertura de fármacos no incluidos en GES es una decisión de política pública y no puede imponerse vía acción constitucional. La Corte Suprema, en sentencia de 27 de noviembre de…

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El máximo tribunal determinó que los contratos de salud son de tracto sucesivo y deben ajustarse a las normas vigentes, ordenando eliminar cláusulas discriminatorias que limiten la cobertura en salud mental.

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