Las instituciones de salud previsional (isapres) podrán volver a ajustar el precio base de sus planes durante 2026, luego de que la Superintendencia de Salud fijara el límite máximo de alza para el proceso de adecuación anual.
El máximo tribunal ratificó que la autoridad puede declarar la vacancia de un cargo por uso de licencias médicas superiores a seis meses en dos años, aun cuando la COMPIN haya declarado la salud como recuperable.
El máximo tribunal sostuvo que la exclusión del fármaco del sistema GES y del régimen de la Ley N° 20.850 constituye una decisión de política pública sanitaria adoptada conforme al procedimiento legal vigente.
El máximo tribunal sostuvo que la Comisión de Sanidad del Ejército ejerce una facultad exclusiva y excluyente para determinar la capacidad física y psíquica del personal, descartando ilegalidad o arbitrariedad en el rechazo de tres licencias médicas.
La Tercera Sala ratificó la sanción de 350 UTM aplicada por la Superintendencia de Salud, reafirmando la prohibición absoluta de exigir dinero como condición para otorgar atención médica de urgencia, incluso cuando se alegue voluntariedad del pago.
El reposo que emana de las licencias prescritas en beneficio de la actora no se encontraba justificado, según se concluyó por el peritaje realizado y fue confirmado por la COMPIN al revisar el caso.
La Corte de Apelaciones de Temuco y la Corte Suprema coincidieron en que el decomiso y destrucción de productos cárnicos se ajustó a derecho, al existir antecedentes técnicos suficientes que advertían un riesgo para la salud pública.
La Corte de Apelaciones de Concepción y la Corte Suprema coincidieron en que el ajuste del precio base, cuando se ajusta al ICSA y al procedimiento legal vigente, no configura ilegalidad ni arbitrariedad constitucional.
La trabajadora buscaba revertir el efecto liberatorio de un finiquito respecto de acciones de declaración de relación laboral, unidad económica y nulidad del despido.
Máximo tribunal sostuvo que la administración no solo está facultada, sino obligada a recuperar fondos públicos pagados erróneamente, respetando límites legales en los descuentos.