Durante 3 años desde la catástrofe no requerirán para su aprobación, desarrollo y ejecución de estudios de factibilidad sanitaria ni saneamiento o regularización de los títulos de dominio.
Estamos frente a un caso de excepción en los cuales los tribunales pueden disponer el ingreso de un interno a un centro determinado de privación de libertad.
Las condenadas actuando con dolo y ejerciendo ilegalmente la profesión de médico cirujano causaron la muerte de la paciente que se realizaba una intervención estética.
La acción intentada buscaba impugnar la aplicación de la Ley N°21.772 y no una infracción al derecho a desarrollar actividades económicas en los términos protegidos por el amparo económico.
La Tercera Sala estimó que la acción de protección no era la vía idónea para discutir la Ordenanza Municipal N°005, que fijó horarios diferenciados para locales de expendio de alcohol en el centro de Calama.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.