Máximo tribunal concluyó que las multas y restricciones por uso de áreas comunes en un condominio deben discutirse ante el Juzgado de Policía Local y que el recurso de protección no es la vía para definir la habitabilidad de una bodega.
El máximo tribunal revocó una sentencia de alzada y rechazó un recurso de protección al constatar que el medio ya había rectificado una noticia de interés público, equilibrando honra y libertad de información.
La Tercera Sala revocó un fallo que había ordenado realizar una cirugía prioritaria, señalando que la pretensión excede el carácter cautelar del recurso de protección.
El máximo tribunal concluyó que la controversia quedó superada por la incorporación del medicamento Trikafta al Plan GES desde diciembre de 2025, dejando sin objeto el recurso de protección deducido contra FONASA.
Los tribunales concluyeron que una consulta formulada por una empresa al Ministerio de Obras Públicas, respondida mediante un ordinario interpretativo, no constituye un acto administrativo que afecte la libertad económica.
Un proyecto de reforma constitucional ingresado al Senado busca incorporar expresamente la identidad digital y la autodeterminación informativa entre las garantías del artículo 19 de la Constitución.
El máximo tribunal ratificó que el recurso de protección no es la vía idónea para resolver controversias contractuales complejas ni para declarar derechos discutidos entre promitentes compradores e inmobiliarias.
La Tercera Sala descartó ilegalidad o arbitrariedad y reforzó que la acción constitucional exige acreditar el acto lesivo, incluso en conflictos contractuales judicializados.
La Tercera Sala confirmó el rechazo del recurso de protección interpuesto por un sindicato de trabajadores del establecimiento, al estimar que no existió actuación arbitraria ni ilegal del Ministerio de Educación frente al cierre y reubicación de la comunidad escolar.
La trabajadora buscaba revertir el efecto liberatorio de un finiquito respecto de acciones de declaración de relación laboral, unidad económica y nulidad del despido.
Máximo tribunal sostuvo que la administración no solo está facultada, sino obligada a recuperar fondos públicos pagados erróneamente, respetando límites legales en los descuentos.