La Superintendencia de Educación actuó conforme a la normativa al sobreseer al establecimiento educacional tras comprobar que subsanó los incumplimientos en los protocolos de actuación ante acoso escolar.
La Superintendencia de Educación actuó conforme a la normativa al sobreseer al establecimiento educacional tras comprobar que subsanó los incumplimientos en los protocolos de actuación ante acoso escolar.
Existió un incumplimiento reiterado de la recurrente respecto del pago del arancel escolar, comunicado en varias oportunidades por el establecimiento que incluso dio la posibilidad de regularizar la deuda.
Corte Suprema revocó y rechazó la acción de protección interpuesto en contra de la Corporación Educacional Universidad de Concepción.
La reclamante actuó de buena fe, en la convicción de estar cumpliendo su labor educativa de la mejor forma posible, dentro de un escenario adverso durante la emergencia sanitaria
Corte Suprema ordenó a Universidad Bolivariana de Concepción permitir a la estudiante rendir su examen de grado y con ello completar su proceso de titulación.
El recurrente se encontraba en situación de eliminación desde el año 2021, sin embargo, se le permitió matricularse y cursar el primer semestre del año 2022, sin hacer efectiva la causal de eliminación.
Ello con la finalidad de prevenir y erradicar el acoso escolar, la discriminación y todo tipo de violencia en los establecimientos educacionales.
La recurrida condicionó la matrícula del recurrente y su inscripción en las distintas asignaturas al cumplimiento de obligaciones económicas, lo que vulneró la garantía contenida en el numeral 2° del artículo 19 de la Constitución Política de la República.
Establece la obligación a los establecimientos educacionales subvencionados o que recibe aportes del Estado, realizar talleres y/o jornadas sobre acoso escolar para estudiantes, apoderados, profesores, directores y todo miembro de la comunidad educativa.
Corte Suprema confirmó la orden en cuanto se debe generar un cupo de matrícula en un establecimiento cercano al domicilio del alumno en el plazo de 7 días.