La recurrida al cerciorarse que el recurrente fue nombrado en calidad de titular en la planta municipal, sin cumplir los requisitos inició un procedimiento de invalidez conforme a sus atribuciones.
No podrá convocarse a plebiscito comunal cuya fecha de votación se encuentre dentro de los ciento veinte días corridos siguientes a una elección popular.
Uno de los objetivos es permitir que los ciudadanos que ejerzan algún cargo de elección popular puedan renunciar o inscribirse en el Servel para participar de otra elección, cesando en su cargo previo y operando los mecanismos de reemplazo.
Además, pueden contar con un servicio de entrega otorgado por un tercero, en la medida que den cumplimiento a los requisitos establecidos en las leyes y los reglamentos aplicables.
Máximo tribunal acogió un recurso de unificación de jurisprudencia, y resolvió que una renuncia sin las formalidades exigidas por el Código del Trabajo carece de eficacia para poner término al vínculo laboral.