Toda condena por delito económico conlleva el comiso de las ganancias.
Toda condena por delito económico conlleva el comiso de las ganancias.
Esto con el objeto que los integrantes de organizaciones criminales sean condenados y se cumpla de manera efectiva su condena, sin que sea posible decretar al condenado una pena sustitutiva o alternativa.
Así, la persona será castigada con la pena de presidio menor en su grado medio a máximo.
Se establece que la persona será castigada con la pena de prisión en su grado medio a máximo y multa de cinco a diez unidades tributarias mensuales, al que realice actos de asedio, hostigamientos o acoso a otra persona, sin su consentimiento.
Modifica la ley Nº 18.290 de Tránsito y el Código Penal.
Corte Suprema rechazó recurso de nulidad interpuesto por la defensa de los condenados.
Se busca crear una nueva división administrativa al interior de los gobiernos regionales, División de Prevención del Delito, encargada de las tareas de coordinación y gestión de las nuevas funciones.
Las personas serán castigadas con presidio menor en su grado medio y multa de 20 Unidades Tributarias Mensuales.
La sentencia incumple la regla que previene los requisitos de las sentencias.
Corte Suprema rechazó recurso de nulidad deducido por el acusado.