Corte Suprema rechazó la acción de protección en contra de la Sociedad Educacional Liceo Particular Mixto San Felipe S.A.
Corte Suprema rechazó la acción de protección en contra de la Sociedad Educacional Liceo Particular Mixto San Felipe S.A.
El establecimiento educacional no otorgó a la recurrente la posibilidad de evacuar descargos o pruebas lo que determinó la falta del debido proceso vulnerándose la igualdad ante la ley.
El establecimiento reclamante sí activó el procedimiento establecido para casos de maltrato escolar.
El acceso a la educación debe producirse en igualdad de condiciones, y su falta de acceso no puede fundarse en impedimentos administrativas o situaciones prácticas como la falta de cupo.
El colegio no aplicó las medidas de resolución de conflictos, medidas pedagógicas y/o psicopedagógicas al alumno previo al cambio de curso.
Tampoco se podrá condicionar la rendición de exámenes de grado o titulación.
Contar con espacios diseñados para ayudar a los estudiantes a manejar sus desregulaciones emocionales y conductuales ofrece un entorno seguro para que recuperen su equilibrio emocional.
Además, propone un plan de reorganización y condonación de deudas educativas, el cual estará administrado por el nuevo Servicio Ingresa.
Destacó la libertad de enseñanza y la existencia de otras opciones educativas en el sistema público.
Era deber del ente fiscalizador en este caso la Superintendencia en su rol preventivo hacer las observaciones al reglamento interno que ahora cuestiona.