La Contraloría actuó en el ámbito de sus facultades, cuando representó la designación del Recetor Judicial, toda vez que no se ajustaba a derecho, por no reunir los requisitos.
No se han acreditado razones justificadas para permitir el acceso del recurrido a los registros confidenciales de salud de los pacientes de la recurrente.
Cuando el Fiscal designado en sumario administrativo reformuló los cargos en contra de la recurrente, excedió sus atribuciones, toda vez que no existieron hechos nuevos que lo facultaran.
El fallo concluyó que la revocación de la prórroga de una contrata, antes del inicio del nuevo período anual, no afectó un derecho adquirido en el caso.
La Cuarta Sala confirmó la sentencia que desestimó una demanda por competencia desleal deducida por Consorcio Valle Hermoso S.A. contra Mantoverde S.A.