Corte Suprema rechazó recurso de casación en el fondo, señalando que, al realizar el juicio abreviado, renunció tácitamente a la prescripción ya cumplida, toda vez que dejó de manifiesto su responsabilidad en los hechos.
Corte Suprema rechazó recurso de casación en el fondo, señalando que, al realizar el juicio abreviado, renunció tácitamente a la prescripción ya cumplida, toda vez que dejó de manifiesto su responsabilidad en los hechos.
El título que esgrime la demandada como justificación de la tenencia es el acuerdo de voluntades de hace 20 años, por lo que no se cumple el tercer requisito de la acción precario.
Es una afirmación obvia decir que el derecho se vale del lenguaje para transmitir sus preceptos normativos. Por esta razón, la interpretación jurídica suele ocupar un lugar central en toda discusión que trate de determinar cuál es el alcance de las disposiciones legales. Con todo,
Se ordena la cancelación de la anotación marginal practicada el 15 de octubre de 2013, efectuada en la inscripción de dominio de fojas 4315 N° 3020 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Arica del año 2006.
El contrato le es oponible a la demandante, de forma tal que se encuentra en el imperativo de tolerar la ocupación y discutir en otro procedimiento su terminación.
La Ley N° 19.585 eliminó las diferencias entre las distintas categorías de hijos que existían hasta antes de su dictación, esto es, “legítimos”, “naturales” e “ilegítimos”.
La prescripción queda sujeta al plazo de 5 años estatuido en el texto anterior del artículo 18 de la LGUC, y a la época de presentación de la demanda, aquel lapso había expirado.
La golpiza propinada la víctima, y la falta de servicio, en tanto el funcionario llamado a restablecer el orden público incurre en violencia innecesaria, cometiendo un ilícito penal.
Excede el ámbito de este arbitrio, toda vez que se desconoce si existen otros posibles herederos de igual o mejor derecho.
Acogió acción de protección contra negativa de autorización para salón de belleza en régimen de copropiedad. El 09 de enero la Corte Suprema en causa rol N° 245.297-2023 revocó la sentencia apelada y en su lugar acogió la acción de protección, disponiéndose que la recurrida deberá