Realizar un nuevo cerco representa una manifestación autotutelar que no resulta aceptable en el marco de un Estado de Derecho, y por tanto, es ilegal y arbitraria.
Realizar un nuevo cerco representa una manifestación autotutelar que no resulta aceptable en el marco de un Estado de Derecho, y por tanto, es ilegal y arbitraria.
No es posible atribuir razonablemente las expresiones reprochadas al recurrido sin perjuicio de lo que se resuelva en la investigación criminal.
No existe acto ilegal o arbitrario que pudiese atribuirse al Servicio recurrido.
En el caso que se considere ser víctima del delito de injurias o calumnias, se debe proceder por la vía procesal correspondiente.
La Corte Suprema no advirtió ilegalidad ni arbitrariedad alguna en el actuar de los recurridos.
No existe una amenaza cierta de divulgación de las fotografías.
No existió asamblea que decidiera la suspensión, no existió acuerdo entre ésta y el administrador para tal fin ni tampoco se notificó de forma previa a la suspensión.
El recurrente carecía de un derecho indubitado, requisito esencial para la procedencia del recurso de protección.
Garantizará la existencia de una fuerza especializada y permanente para enfrentar las amenazas del crimen organizado.
El tribunal hizo presente la construcción de las viviendas no autorizadas en sitios previamente señalados como inundables.