La ausencia de un procedimiento sancionatorio en la expulsión la convierten en ilegal y arbitraria.
La ausencia de un procedimiento sancionatorio en la expulsión la convierten en ilegal y arbitraria.
A fin que dicha radioemisora pueda restablecer sus transmisiones y pueda salir al aire en la frecuencia a que está autorizada por la autoridad administrativa competente.
Actualmente se encuentra en curso el procedimiento de fiscalización en contra de la Asociación Benéfica de Habitaciones para Obreros, que se originó por la denuncia.
El requerimiento pretende hacer desaparecer las consecuencias desfavorables que el ordenamiento impone a quien no haya dado cumplimiento a las normas legales que regulan una actividad económica.
Estimó que la materia alegada excede del ámbito de aplicación del recurso de protección.
Corte Suprema rechazó la acción de protección y mantuvo decisión de expulsión de la actora de la Junta de Vecinos “Unidad, Trabajo y Progreso”.
De los antecedentes acompañados no se logra verificar la existencia de un acto ilegal ni arbitrario.
El artículo 77 bis de la Ley N° 16.744 precisamente prevé un procedimiento administrativo de lato conocimiento para impugnar la calificación sobre el carácter de la afección de la recurrida.
Los beneficios que se obtienen en materia de salud pública con la vacunación obligatoria son mayores que la eventual afectación a la libertad de elección del sistema de salud y a la libertad de conciencia.
En cuanto a la excepción de litispendencia la exigencia de que el juicio previo sea iniciado por el acreedor evita dilaciones indebidas en un procedimiento que debe ser breve.