Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, la que rechazó la acción de protección deducida en contra de la Municipalidad de Renca.
Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, la que rechazó la acción de protección deducida en contra de la Municipalidad de Renca.
Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo en contra dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago.
La parte demandante dentro de plazo ha realizado actuaciones tendientes a la notificación del demandado.
La negativa de la recurrida a inscribir como hijo de la recurrente al niño adoptado no puede ser calificado como ilegal ni arbitraria, toda vez que se ha limitado a dar cumplimiento al ordenamiento jurídico.
Al disponer una medida de embargo a un tercero ajeno al juicio, sin que éste haya sido emplazado vulnera la garantía de igualdad ante la ley y le priva de presentar sus descargos.
Corte Suprema declaró admisible recurso de apelación, señalando que procede el recurso de apelación respecto de la resolución que archivó los antecedentes.
En Chile no existen jueces de cumplimiento o ejecución penal, debiendo asumir dicha labor los magistrados de garantía.
La sentencia impugnada se ha limitado a confirmar aquella que, para resolver, destaca la necesidad de revisar el Plan de Cumplimiento y la eventual procedencia de observaciones al mismo.
Se entenderán como criterios que el tribunal debe tener a la vista “la gravedad del hecho” y que el imputado “forme parte de una organización o asociación”.
Corte Suprema acogió recurso de queja dejando sin efecto sentencia que confirmaba la caducidad de la demanda y ordenó citar a las partes a audiencia preparatoria de juicio.